Todos los emprendedores y autónomos comienzan su actividad empresarial con la esperanza de tener actividad todos los meses, pero desgraciadamente esto no siempre es así ya que, debido a ciertas circunstancias hay un trimestre que no tienen actividad, es entonces cuando surge la duda ¿debo rendir también cuentas ante Hacienda?
Lo cierto es que sí, ya que, si no lo hacemos la Agencia Tributaria podría sancionarnos. Así pues, si se ha dado la circunstancia de que no hay actividad durante un trimestre, deberá presentarse a cero, ya que no se han generado ingresos, pues la única solución para evitar presentar el modelo a Hacienda sería darse de baja como autónomo y en el IAE y volver a darse de alta cuando se prevea tener actividad.
Por otro lado hay casos que, aunque no hayamos tenido actividad, sí hemos recibido facturas de proveedores que hay que desgravar. Ante estas situaciones, no se puede marcar la casilla ‘sin actividad’, sino que será Hacienda quien podría reembolsarlo o compensarlo nosotros en el próximo trimestre.