Incentivos económicos regionales para la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales.

Incentivos económicos regionales para la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales.
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Plazo: 31 de diciembre de 2025
Órgano emisor: Gobierno de Canarias

Fomentar y orientar la actividad empresarial con el fin de reducir las diferencias de situación económica en el territorio nacional. Se subvencionan los siguientes proyectos: 

  • Proyectos de creación de nuevos establecimientos, con una inversión aprobada igual o superior a 900.000 euros, siempre que generen nuevos puestos de trabajo. 
  • Proyectos de ampliación, con una inversión aprobada cuya cuantía sea significativa en relación con el inmovilizado material del establecimiento y, en todo caso, igual o superior a 900.000 euros, siempre que supongan un aumento significativo de la capacidad productiva, que superen determinado porcentaje sobre la dotación para amortizaciones del establecimiento y que generen nuevos puestos de trabajo y se mantengan los existentes. 
  • Proyectos de modernización, cuya inversión aprobada sea significativa en relación con el inmovilizado material del establecimiento que deberá ser, en todo caso, igual o superior a 900.000 euros. 

Con carácter general podrán ser beneficiarios de los incentivos las personas físicas o jurídicas, españolas o que, aún no siéndolo, tengan la condición de residentes de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y en su normativa de desarrollo, que tengan su residencia en territorio español, que dispongan de plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

Los proyectos de inversión que pretendan acogerse al régimen de los incentivos regionales deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Juzgarse viables técnica, económica y financieramente, de acuerdo con la documentación aportada en la solicitud.
  • Disponer de un nivel de autofinanciación no inferior al que se especifique en los Reales Decretos de delimitación y en cualquier caso igual o superior al 25 por ciento. Además, la empresa que promueva el proyecto deberá contar con un nivel mínimo de fondos propios que será fijado en la resolución individual de concesión de acuerdo con los criterios que fije al respecto el Consejo Rector de Incentivos Regionales.
  • La solicitud para acogerse a los beneficios debe presentarse antes del comienzo de la realización de la inversión para la que se solicitan los incentivos regionales, de tal manera que la inversión solo podrá iniciarse después de la presentación de dicha solicitud.
  • La ayuda debe tener un efecto incentivador. 

A determinar por la convocatoria 2022.

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