Impulso empresarial al sector industrial y turístico
El Estado otorga esta subvención con el propósito de fortalecer y dinamizar el tejido socioeconómico del territorio, enfocado especialmente en mejorar la calidad de vida de la población. Para lograrlo, se busca fomentar la creación de empresas innovadoras con una base tecnológica, promoviendo la investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+I), así como la adopción de tecnologías avanzadas, el diseño industrial y la sostenibilidad ambiental.
Además, se impulsa el crecimiento y la consolidación del sector industrial bajo principios de calidad, eficiencia y productividad, siempre con un enfoque respetuoso hacia el medio ambiente. Por último, se incentiva la diversificación de los sectores productivos y de distribución, ampliando las oportunidades económicas en distintas áreas.
Beneficiarios: Pymes y grandes empresas.
Plazo de solicitud: Disponible todo el año. Hasta el 31 de diciembre de 2027.
Zonas de promoción económica
Canarias
Andalucía
Asturias
Aragón
Cantabria
Castilla La Mancha
Castilla y León
Ceuta
Comunitat Valenciana
Extremadura
Galicia
Islas Baleares
La Rioja
Melilla
Murcia
Zonas excluidas: Cataluña, Comunidad de Madrid, Navarra y País Vasco.
Sectores económicos incluidos
Servicios de apoyo a la industria
Aquellos que favorezcan significativamente los procesos de producción y/o la calidad o innovación del producto o proceso, y en especial los que favorezcan la introducción de tecnologías para la transformación digital, así como la introducción de mejoras en el ámbito medioambiental.
Sectores incluidos
que ofrezcan, en régimen de alquiler, infraestructuras y servicios administrativos y profesionales.
Infraestructuras de almacenamiento – hardware y software.
Cuya fase de prototipo ya haya sido completada y con base a los cuales se lleve a cabo desarrollo en planta industrial.
Ingeniería para proyectos espaciales y aeronáuticos, ingeniería de productos de alta tecnología para la industria, diseño y producción de herramientas inteligentes, sistemas robotizados, equipos y repuestos especiales, tecnología en sistemas de medición a distancia, etc.
Reciclaje y valorización de residuos, lavandería industrial, centros de atención telefónica, potabilizadoras de agua (siempre que el agua se venda), laboratorios de ensayo de productos, servicios de envasado y embalajes especiales, soluciones innovadoras de control de ruido y vibraciones y emisiones gaseosas, etc. ingeniería de productos de alta tecnología para la industria, diseño y producción de herramientas inteligentes, sistemas robotizados, equipos y repuestos especiales, tecnología en sistemas de medición a distancia, etc.
Sector turístico
Esta iniciativa está dirigida a establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio que destacan por su carácter innovador, especialmente aquellos que incorporan mejoras ambientales significativas y aumentan el atractivo natural y cultural de la zona.
Se busca potenciar el turismo rural de alta calidad, el turismo activo (cultural, de rutas y de interés histórico), y ofrecer experiencias especializadas que resalten la belleza del entorno natural o urbano donde se encuentran.
Las instalaciones correspondientes al sector deberán dedicarse exclusivamente a uso turístico.
Los establecimientos de nuevas instalaciones, ampliación o modernización de alojamientos existentes se admitirán siempre que ofrezcan categoría elevada. (Clasificación de 4 estrellas en ciudades y de 3 estrellas en el resto de localizaciones)
Los proyectos de ampliación o modernización de establecimientos existentes deberán cumplir alguna de las siguientes condiciones:
- Supongan remodelaciones de entidad suficiente.
- No se trate de inversiones de sustitución.
- No resulten adaptaciones para cumplir con disposiciones obligatorias teniendo en cuenta la categoría del establecimiento.
- Ofrezcan nuevas instalaciones complementarias de ocio o ampliación o mejora sustancial de las existentes, especialmente introduciendo requisitos de sostenibilidad.
Se admitirán únicamente productos turísticos que impliquen la necesidad de alojamiento, produciendo un efecto de arrastre que propicie la implantación de establecimientos hoteleros.
Ejemplos: parques temáticos, parques acuáticos, zoológicos, acuarios, etc.
No se admitirá la implantación o ampliación de campos de golf, ni las instalaciones deportivas destinadas a la población local, ni cualquier actividad de ocio que no tenga capacidad de atracción turística nacional o internacional.
Sectores económicos excluidos de la subvención
Empresas en crisis
Sector siderúrgico
Sectores del lignito y el carbón
Sectores de la pesca y la acuicultura
Sector del transporte
Despliegue de redes de banda ancha
Sector de la energía
Producción, transformación y comercialización de productos agrícolas*
* Enumerados en el anexo I del TFUE, salvo que el producto resultante no sea un producto agrícola.
Proyectos subvencionados
Inversiones mínima exigidas en Canarias
Con una inversión aprobada igual o superior a 300.000 euros en las islas de Tenerife y Gran Canaria y de 100.000 euros en el resto de islas, siempre que generen nuevos puestos de trabajo.
Con una inversión aprobada cuya cuantía sea significativa en relación con el inmovilizado material del establecimiento y, en todo caso, igual o superior a 300.000 euros en las islas de Tenerife y Gran Canaria y de 100.000 euros en el resto de islas, siempre que supongan un aumento significativo de la capacidad productiva, que superen determinado porcentaje sobre la dotación para amortizaciones del establecimiento y que generen nuevos puestos de trabajo y se mantengan los existentes.
Cuya inversión aprobada sea significativa en relación con el inmovilizado material del establecimiento que deberá ser, en todo caso, igual o superior a 300.000 euros en las islas de Tenerife y Gran Canaria y de 100.000 euros en el resto de islas, siempre que cumplan las siguientes condiciones:
- Que la inversión constituya una parte importante del inmovilizado material y que supere determinado porcentaje sobre la dotación para amortizaciones del establecimiento que se moderniza y que implique la adquisición de maquinaria tecnológicamente avanzada que produzca un incremento sensible de la productividad.
- Que la inversión de lugar a la diversificación de la producción de un establecimiento para atender a mercados de productos nuevos y adicionales o suponga una transformación fundamental en el proceso global de producción de un establecimiento existente.
- Que se mantengan los puestos de trabajo existentes.
Inversiones mínimas exigidas en el resto de comunidades autónomas: 900.000 euros.
Los proyectos serán valorados teniendo en cuenta los criterios de: creación de empleo, factores endógenos, mejoras medioambientales, incremento de productividad y tecnología y el carácter dinamizador.
Requisitos previos
Los proyectos de inversión que pretendan acogerse al régimen de los incentivos regionales deberán cumplir los siguientes requisitos:
Juzgarse viables técnicas, económica y financieramente, de acuerdo con la documentación aportada en la solicitud.
Disponer de un nivel de autofinanciación igual o superior al 25%.
La empresa que promueva el proyecto deberá contar con un nivel mínimo de fondos propios que será fijado en la resolución individual de concesión.
La solicitud debe presentarse antes del comienzo de la realización de la inversión para la que se solicitan los incentivos regionales, de tal manera que la inversión solo podrá iniciarse después de la presentación de dicha solicitud.
La ayuda debe tener un efecto incentivador
Gastos subvencionables
Obra civil
Bienes de equipo
Estudios previos del proyecto (solo para pymes)
Activos inmateriales
Porcentajes máximos de subvención
El porcentaje máximo sobre la inversión aprobada varía en función del tamaño de la empresa y de la zona de promoción económica.
Porcentajes de subvención en Canarias:
- Pequeñas empresas: 80%
- Medianas empresas: 70%
- Grandes empresas: 60%
La cuantía de la subvención obtenida no superará en ningún caso el 50% de los costes subvencionables.
Ejemplo práctico
La normativa sobre incentivos regionales diferencia entre inversión aprobada (importe total del proyecto de inversión que la administración reconoce como válido tras evaluar tu solicitud) y gastos subvencionables (son los gastos que se van a poder financiar según la orden de bases y que en el caso de incentivos regionales son obra civil, bienes de equipo, estudios previos al proyecto,…).
Es importante tener en cuenta que el tamaño de la empresa solicitante determinará la inversión máxima aprobada. Así, en un caso hipotético en el que un proyecto suponga una inversión de 2.000.000 € la inversión máxima aprobada quedará de la siguiente manera:
Tamaño empresa | Pequeña | Mediana | Grande |
|---|---|---|---|
Inversión solicitada | 2.000.000€ | 2.000.000€ | 2.000.000€ |
Inversión máxima aprobada | 80%: 1.600.000€ | 70%: 1.400.000€ | 60%: 1.200.000€ |
Una vez se determina cuál es la inversión máxima aprobada por la Administración Pública, se pasa a determinar el importe máximo a recibir por el solicitante. Ese importe máximo va a depender de los gastos del proyecto que se consideren subvencionables. El máximo a recibir será el importe equivalente al 50% de los gastos subvencionables:
Tamaño empresa | Pequeña | Mediana | Grande |
|---|---|---|---|
Inversión solicitada | 2.000.000€ | 2.000.000€ | 2.000.000€ |
Inversión máxima aprobada | 80%: 1.600.000€ | 70%: 1.400.000€ | 60%: 1.200.000€ |
Gastos subvencionables aprobados | 1.400.000€ | 1.000.000€ | 900.000€ |
Importe a recibir como ayuda | 700.000 € | 500.000 € | 450.000 € |
Tal y como puede verse, las diferentes empresas reciben más o menos importe en función de los gastos subvencionables de su proyecto.
Las cantidades a percibir por una u otra empresa pueden variar respetando siempre dos límites: el 50% de los gastos subvencionables y la inversión máxima aprobada.
Si tienes un proyecto en mente ya sea del sector industrial o del sector turístico, contacta con nosotros y estudiamos la viabilidad de presentar la solicitud de incentivos regionales.