¿Eres autónomo o particular? empieza una nueva vida sin deudas
Gracias a la Ley de Segunda Oportunidad puedes cancelar las deudas que te han sido imposible de pagar.
El procedimiento consiste en que particulares y autónomos puedan cancelar sus deudas y empezar desde cero.
Con la Ley de Segunda Oportunidad puedes quedar libre de tus deudas y ¡Sólo con el inicio del procedimiento ya es posible paralizar embargos y ejecuciones de tus acreedores!
Cancela tus deudas
Desde la entrada en vigor de la citada Ley, las personas naturales pueden beneficiarse de este mecanismo de segunda oportunidad, que, en definitiva, permite que aquél que lo ha perdido todo por haber liquidado la totalidad de su patrimonio en beneficio de sus acreedores, pueda verse liberado de la mayor parte (e incluso la totalidad) de las deudas pendientes tras la referida liquidación.
Negociamos con tus acreedores para defender al máximo tus intereses.
Llámanos o déjanos tus datos de contacto para explicarnos tu caso.
Una vez nos expliques tu situación realizamos un estudio personalizado a tus circunstancias, analizando tu situación y encontrando la solución que mejor se adapte a tus necesidades.
Conseguimos que quedes libre de deudas. Negociamos con tu banco y hacemos todas las gestiones para que no te quede ninguna deuda. Sal de las listas de morosos y empieza una nueva vida.
Preguntas frecuentes
Significa que gracias a la Ley de Segunda Oportunidad puedes cancelar las deudas que te han sido imposible de pagar. El procedimiento consiste en que particulares y autónomos puedan cancelar sus deudas para que puedan empezar de cero, primero mediante un acuerdo extrajudicial y después ante el juez.
Lo primero, evidentemente, es tener deudas imposible de pagar. Luego, el primer paso es intentar un acuerdo extrajudicial con los acreedores, siempre dentro de las posibilidades económicas del deudor. Si este acuerdo no se produce, se puede acudir directamente a la vía judicial para solicitar la cancelación de deudas.
La cancelación de las deudas que hace el juez es definitiva con un periodo de carencia de 5 años, es decir la cancelación de la deuda es para siempre pero durante cinco años se puede revocar por cuestiones graves. Después de estos 5 años la cancelación es totalmente efectiva y no se puede revocar.
Lo cierto es que el procedimiento es bastante largo y quizá algo tedioso, llegando a durar entre uno y dos años, pero definitivamente valdrá la pena.
El valor del coste de todo el procedimiento siempre variará en función de la cuantía de las deudas que tengas, y los honorarios de los profesionales que te asistan, pudiendo oscilar desde 1.000€ a 5.000€, no obstante desde Fimax Asesores siempre proponemos acuerdos de pagos mensuales que te ayudarán a poder hacer frente a estos gastos.
Con la Ley de Segunda Oportunidad es posible que cualquiera pueda entrar en concurso de acreedores y declararse insolvente. Los requisitos para declararse insolvente y entrar en concurso de acreedores son:
- La deuda no supere los 5 millones de euros.
- Durante la década anterior no puede haber sentencia firme en contra del deudor.
- La deuda no debe ser con la Administración Pública, ya sea Hacienda o la Seguridad Social.
Es muy importante analizar todas las opciones legales para cancelar una deuda, y la prescripción es una de ellas, esto implica que si el acreedor de la deuda no nos reclama la misma en un periodo de tiempo determinado, la deuda prescribe, y ya no nos la pueden reclamar. Dependiendo del tipo de la deuda que sea prescriben:
- Deudas hipotecarias: 20 años después de su fecha de vencimiento.
- Deudas con Hacienda y Seguridad Social: cuatro años.
- Deudas de las tarjetas de crédito y alquileres de inmuebles: cinco años.
- Deudas por impuestos municipales: cuatro años.