Se remite información sobre las nuevas cuantías de las bases de cotización previstas para el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos (RETA), establecidas en la Ley 3/2017 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
En concreto,con efectos del 1 de julio de 2017, se producen, con carácter general, los siguientes cambios:
Se incrementa la cuantía de la base mínima genérica del RETA a 919,80 euros mensuales aumentando en consecuencia la cuota mensual del boletín autónomo en un 3%. Si por ej. el autónomo estaba pagando 267,03 euros, en julio pasará a pagar 275,04 euros. Los autónomos societarios que actualmente están pagando 344,71 euros no varían su cuota.
Se incrementa a 2.023,50 euros mensuales la cuantía de la base máxima para los trabajadores autónomos que vinieran cotizando por una base inferior a 1.964,70 euros mensuales.
También se incrementan las cuantías de las bases mínima (992,10 euros mensuales) y máxima (2.023,50) establecidas con carácter general, para los trabajadores autónomos con 48 años o más años de edad.
Se remite como documento adjunto la tabla con las cuantías de las diversas bases de cotización del RETA con efectos del día 1 de julio.


