Si tu inquilino no tiene intención de traspasar su negocio (ya que ello implicaría un nuevo contrato de alquiler, entre otros trámites), sino que desea rescindir su contrato actual y, al mismo tiempo, que usted firme uno nuevo con alguien que él le recomienda, debe tener en cuenta y prestar atención a estas dos puntualizaciones:
- Si el acuerdo previo se estableció para una duración larga con una cuota alquiler que ya no está vigente, se presenta ahora una oportunidad de actualizar la cuota de alquiler.
- Además, debes comprobar que el nuevo inquilino esté dispuesto a acreditar las mismas circunstancias económicas que acreditó el anterior inquilino, para confirmar que se mantiene una estabilidad financiera.
Naturalmente, el propietario siempre tiene el derecho de rechazar la transacción, por ello no es recomendable tomar una decisión rápida sino que se debe considerar si es beneficioso para el propietario firmar con el potencial arrendatario propuesto o no.
En primer lugar, se deberá firmar un nuevo acuerdo con el nuevo inquilino en el que se incluirán las condiciones actuales del contrato así como la actualización de la cuota de alquiler. En segundo lugar, se deberá firmar un acuerdo de cancelación del contrato anterior con el antiguo arrendatario (rescisión de contrato).
Además, también es recomendable incluir en nuestros contratos una cláusula suspensiva que establezca que si el futuro arrendatario no cumple con el plazo para indemnizar al actual arrendatario, ambos contratos serán anulados y el contrato previo continuará bajo las mismas condiciones. De esta manera, no sufrirá ningún perjuicio, ya que en el peor escenario, permanecerá en la misma situación. También, deben quedar claros los siguientes aspectos:
- La fecha de entrega y la ubicación de las llaves (posesión) deben ser atendidas por todas las partes implicadas, incluidos el inquilino saliente y el entrante, para mayor seguridad.
Asegúrense de que tanto ustedes como el nuevo inquilino estén de acuerdo con el estado del local en el momento de la entrega. Si se acuerda que el nuevo inquilino se encargará de arreglar algún desperfecto, mantengan la fianza hasta que demuestre que ha realizado las reparaciones satisfactoriamente.