Contratación temporal y sus límites

La reforma laboral de 2021 supuso un cambio profundo en el modelo de contratación en España. Desde entonces, el contrato indefinido se considera la forma ordinaria de empleo, mientras que la contratación temporal queda restringida a situaciones muy concretas y justificadas, tal y como recoge el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores.

La ley no solo delimita los supuestos en los que puede recurrirse a un contrato temporal, sino que también fija límites estrictos de duración y establece consecuencias claras en caso de uso fraudulento.

¿Cuándo puede celebrarse un contrato temporal?

El artículo 15 establece que un contrato temporal solo es válido cuando existe una causa real y justificada, vinculada a una necesidad ocasional, específica y limitada en el tiempo. Si esa causa no existe, no se acredita adecuadamente o no se corresponde con la actividad desarrollada, la relación laboral se presume indefinida.

Modalidades de contratación temporal permitidas

1. Contratación por circunstancias de la producción (art. 15.2 ET)

Solo puede utilizarse en dos supuestos:

  • Incremento ocasional e imprevisible de la actividad
  • Situaciones previsibles de duración reducida

En ningún caso puede emplearse para cubrir necesidades estructurales de la empresa. Esta es una de las restricciones más relevantes introducidas por la reforma.

2. Contratos de sustitución (art. 15.3. ET)

Se permite su uso para:

  • Sustituir a una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto
  • Cubrir temporalmente un puesto mientras se desarrolla un proceso de selección o promoción interna
  • Completar la jornada de una persona trabajadora que tenga una reducción de jornada

La duración del contrato está directamente vinculada al tiempo que dure la causa que lo justifica.

3. Contratos formativos (Art. 11 ET)

Incluyen:

  • Contrato de formación en alternancia
  • Contrato para la obtención de práctica profesional

Su finalidad es favorecer la cualificación profesional de las personas trabajadoras.

Conversión automática en indefinido: el límite de encadenamiento

El artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores establece que una persona adquiere la condición de indefinida cuando:

  • Ha estado contratada más de 18 meses en un periodo de 24 meses
  • En la misma empresa o grupo empresarial
  • Mediante dos o más contratos temporales
  • Para el mismo o distinto puesto de trabajo

Este efecto opera automáticamente, sin necesidad de que la persona trabajadora presente reclamación previa.

Consecuencias del uso fraudulento de la contratación temporal

Cuando la empresa incumple los requisitos legales:

  1. El contrato se considera indefinido por aplicación directa de la ley.
  2. La empresa puede ser sancionada por la Inspección de Trabajo.
  3. Las sanciones económicas se han endurecido: ahora se imponen por cada contrato fraudulento, no por empresa.
  4. La persona trabajadora puede reclamar judicialmente el reconocimiento de su condición de indefinida.

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