¿Quién puede ser beneficiario?
Podrán acogerse a esta subvención las siguientes entidades:
- Empresas.
- Asociaciones y Fundaciones.
- Organismos públicos de investigación.
- Universidades públicas y privadas.
- Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal inscritos en los registros correspondientes.
- Otros centros públicos o privados de I+D+I que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan la I+D+I como actividad principal.
- Organizaciones de apoyo a la transferencia tecnológica, difusión y divulgación tecnológica y científica, que incluyan parques científicos y tecnológicos, oficinas de transferencia de tecnología, oficinas de transferencia de resultados de la investigación y CEIs.
- Administraciones Públicas (Administración General del Estado, Administraciones de las CCAA, Administración Local) y las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de las distintas Administraciones públicas.
¿Qué proyectos son subvencionables?
Para que el proyecto sea subvencionable debe abordar alguna de las siguientes misiones:
- Soluciones tecnológicas para reducir las estancias hospitalarias y la presión asistencial.
- Una inteligencia artificial responsable.
- Una industria interconectada y segura que contribuya a una mayor autonomía estratégica.
- Planificación y gestión territorial para mejorar la resiliencia y hacer frente a los riesgos climáticos.
- Soberanía estratégica en las materias primas minerales fundamentales para la industria y la transición energética.
- Capacitación para la autonomía estratégica en seguridad y defensa.
- Movilidad sostenible y descarbonización del transporte colectivo y de grandes volúmenes.
¿Qué requisito debe cumplir el proyecto?
Principalmente son requisitos presupuestarios y temporales:
- Presupuesto: Deben tener un presupuesto elegible mínimo de 3.500.000€ y máximo de 15.000.000€. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 175.000 €.
- Duración: Los proyectos deberán ser plurianuales, de 3 o 4 años de duración. La fecha de inicio de estos será el 1 de enero de 2026.
Además, la fecha de inicio de los proyectos debe ser el 1 de enero de 2026 y deberán ser plurianuales, de 3 o 4 años de duración.
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