¿Quién puede ser beneficiario?
El primer requisito que debe cumplirse es el de ser agricultor activo.
Además, deberán cumplirse los siguientes requisitos y condiciones de admisibilidad:
- Ser titular de una explotación dedicada al cultivo de Aloe Vera u Olivo, ubicada en la Comunidad Autónoma de Canarias, que contenga una plantación regular de dichas especies en producción en la campaña 2025 y cuya superficie sea igual o superior a 2.000 m².
- Que las parcelas y/o recintos objeto de solicitud estén debidamente identificados y actualizados en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC). Se considerarán superficies admisibles para la ayuda los recintos con los siguientes usos SIGPAC: Olivo: “OV” (Olivar), “VO” (Viñedo-olivar), “OF” (Olivar-frutal), “OC” (Asociación olivar-cítricos), “FL” (Frutos secos y olivar); Aloe Vera: “TA” (Tierras arables), “TH” (Huerta), “IV” (Invernaderos y cultivos bajo plástico); En aquellos recintos con asociación del olivar con otros cultivos en producción, indicados en el primer guion, se considerará admisible el 50% de la superficie válida del recinto.
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