¿Quién puede ser beneficiario?
Podrán acogerse a esta subvención las entidades asociativas agrarias de Tenerife que gestionen Mercados del Agricultor en funcionamiento en el momento de presentar la solicitud de subvención, constituidas con la finalidad de comercializar, producir y/o transformar productos agroalimentarios de producción local cuya procedencia se encuentre debidamente acreditada.
¿Qué gastos se pueden subvencionar? ¿Cuál es el límite?
Deben haberse generado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, y deben responder a las siguientes partidas:
- Gastos de carácter no inventariable, destinados a la promoción y mejora de la comercialización de productos agroalimentarios. Será subvencionable el 40% con un máximo de 3.000 €.
- Gastos derivados de la realización de análisis de residuos de productos. Será subvencionable el 100% de los gastos con un máximo de 1.000 €.
- Gastos de naturaleza inventariable, como equipamiento, vinculados a la promoción y mejora de la comercialización de productos agroalimentarios. Será subvencionable el 75% con un máximo de 2.000 €.
En ningún caso serán subvencionables los impuestos, incluido el IGIC.
¿Qué documentación debe aportar el solicitante?
La documentación debe acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. En concreto debe aportarse:
- Una memora justificativa, que defina las necesidades satisfechas y las actuaciones desarrolladas.
- Una declaración de ingresos y gastos, detallado.
- Una declaración justificativa del gastos subvencionado, que detalle dichos gastos.
- Justificantes de los pagos realizados mediante certificación o extracto bancario que acredite los pagos.
- Dossier gráfico explicativo.
En el momento de la solicitud de la subvención se debe aportar:
- Solicitud cumplimentada.
- Documentos identificativos del solicitante (DNI o NIF de la sociedad junto con escritura de constitución en su caso). También deberá acompañarse el certificado en el que conste la relación de socios.
- Certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Administración Pública (AEAT, TGSS, ATC y Cabildo Insular).
- Memoria descriptiva, definiendo las necesidades a satisfacer y las actuaciones a desarrollar para ello.
- Presupuesto de ingresos y gastos de la actuación subvencionable.
- Documento de alta de terceros
- Acreditación de la procedencia y del carácter de producción propia de los productos agroalimentarios comercializados.
- En caso de producción ecológica, documento acreditativo expedido por el órgano competente.
- Certificado del Secretario del Ayuntamiento.
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