Integración laboral de personas con discapacidad

Para facilitar la inserción laboral de personas con discapacidad se espera que el 2% de la plantilla de las empresas con más de 50 trabajadores sean personas pertenecientes a este colectivo. La ley 53/2003 de 10 de Diciembre y varios reales decretos respaldan esta iniciativa.

Existen subvenciones a la contratación de personas con discapacidad. Además de beneficiarse de dichas ayudas, las empresas ganan competitividad y diversidad en su plantilla. De manera resumida exponemos las bonificaciones mensuales de la cuota empresarial a la Seguridad Social para la contratación de una persona con discapacidad de manera indefinida:

  • 375€ mensuales (4.500€ anuales) durante toda la vigencia del contrato.
  • 425€ mensuales (5.100€ anuales) si la persona en cuestión presenta alguno de estos tipos de discapacidad; personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o bien, personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • Si el trabajador tuviese 45 años o más o si se tratase de una mujer, la bonificación ascendería.
  • Si el contrato realizado con una personas con discapacidad fuese de manera temporal, las bonificaciones a la Seguridad Social en la cuota empresarial sería:
    – 291,66€ mensuales (3.500 anuales)durante la vigencia del contrato.
    – 34,66€ mensuales (4.100 anuales) si la persona en cuestión presenta alguno de estos tipos de discapacidad; personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o bien, personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
    – Si el trabajador tuviese 45 años o más o si se tratase de una mujer, la bonificación ascendería.
  • Se consideraran también incluidos los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad en el grado de total, absoluta o gran invalidez. También quienes tengan una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Existen además subvenciones para empresas encargadas de llevar a cabo los programas de empleo cuya duración sea de seis meses a un año, prorrogable por otro más:

  • 6.600€ anuales por cada trabajador con una discapacidad de parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual reconocida igual o superior al 65%.
  • 4.000€ anuales por cada trabajador con una discapacidad de parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual reconocida igual o superior al 33% e inferior al 65%.
  • 2.500€ anuales por cada trabajador con una discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.

Para saber más sobre estás u otras subvenciones, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. 

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