La Seguridad Social obliga a cotizar en diferentes regímenes según el tipo de sociedad de que se trate, la participación en la misma (incluida la suma con cónyuges y familiares de hasta 2º grado) y las funciones desempeñadas dentro de ella.
Existen tres regímenes posibles en los que pueden darse de alta los miembros de una sociedad: Régimen General, Régimen General Asimilado o Régimen de Autónomos. Se debe tener en cuenta que quién cotice en el Régimen General Asimilado quedará excluido de la protección por desempleo y del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).
Se denominan sociedades de capital, de carácter mercantil, la sociedad de responsabilidad limitada o sociedad limitada (S.L.), la sociedad anónima (S.A.) y la sociedad comanditaria por acciones (S.Com. p.A.).
A continuación, se detalla quién se incluye en cada uno de los regímenes en las citadas sociedades según sus funciones y control de la misma:
- Régimen general: Socios trabajadores con menos del 33% del capital social, si no realizan funciones de dirección y gerencia en la sociedad ni posean su control (*).
- Régimen general asimilado: consejeros y administradores con menos del 25% de participaciones, que sean retribuidos por ello o por su condición de trabajadores por cuenta de la misma, y que no posean su control (*).
- Régimen de autónomos: consejeros, administradores y socios trabajadores, que posean el control efectivo de la sociedad (*). También se incluyen los socios trabajadores que no realizan funciones de dirección y gerencia pero que dispongan de al menos el 50% del capital social.
(*) Se considera que se posee el control efectivo de una sociedad si concurre alguna de las siguientes circunstancias:
- a) Al menos el 50% del capital social está distribuido entre socios con los que conviva y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta segundo grado.
- b) Participación en el capital social igual o superior al 33%.
- c) Participación en el capital social igual o superior al 25%, si se tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad.


