Subvenciones para la financiación de las becas a las personas jóvenes inscritas en el sistema nacional de garantía juvenil que realizan prácticas no laborales en empresas, con cargo al programa operativo de empleo juvenil, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva

Subvenciones para la financiación de las becas a las personas jóvenes inscritas en el sistema nacional de garantía juvenil que realizan prácticas no laborales en empresas, con cargo al programa operativo de empleo juvenil, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva
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Plazo: 24 de enero de 2021

El objeto es establecer las bases y las condiciones para la concesión de subvenciones en concepto de ayudas para la financiación a empresas de becas para las personas jóvenes incluidas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y que hayan participado en acciones formativas de la Fundación EOI que realizan prácticas no laborales en empresas

Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta orden las prácticas académicas externas, curriculares y extracurriculares, de las personas estudiantes universitarias, que se regirán por su normativa específica.

La finalidad que se pretende con estas subvenciones de ayudas es que las personas jóvenes incluidas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que tengan entre 18 y la edad máxima que fije el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, puedan realizar prácticas no laborales en entidades beneficiarias que les permitan tener su primera experiencia profesional.

Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de las correspondientes ayudas, en los términos que las mismas establezcan las empresas, (ya sean personas físicas o jurídicas), asociaciones y otras, entidades sin ánimo de lucro, que, previa firma de un convenio de prácticas no laborales con el Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma competente en razón del ámbito territorial del centro de trabajo donde se desarrollen las prácticas no laborales, suscriban acuerdos con personas jóvenes para la realización de prácticas no laborales.

Quedan excluidas de esta subvención las entidades públicas, cualquiera sea su forma jurídica.

Los acuerdos que se suscriban con las personas jóvenes que van a desarrollar las prácticas no laborales, por lo menos, deberán recoger el contenido concreto de la práctica a desarrollar, la duración de la misma, las jornadas y horarios para su realización, el centro o centros donde se realizará, la determinación del sistema de tutorías, el importe neto a percibir por la persona joven y la certificación a la que la persona joven tendrá derecho por la realización de las prácticas. La empresa informará a la representación legal de las personas trabajadoras sobre los acuerdos de prácticas no laborales suscritos con las personas jóvenes.

Los destinatarios de las prácticas serán jóvenes que hayan participado o estén participando en acciones formativas impartidas por la Fundación EOI en el ámbito de los programas formativos financiados por el Fondo Social Europeo.

La convocatoria de subvenciones regulará el ámbito geográfico de aplicación de esta ayuda y el periodo subvencionable.

Las prácticas no laborales irán dirigidas a jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que tengan entre 18 y la edad máxima establecida para las personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que posean una titulación oficial universitaria, titulación de formación profesional, de grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última, correspondiente a las enseñanzas de formación profesional, artísticas o deportivas, o bien un certificado de profesionalidad. Asimismo, no deben haber tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional superior a tres meses en la misma actividad, no teniéndose en cuenta, a estos efectos, las prácticas que formen parte de los currículums para la obtención de las titulaciones o certificados correspondientes.

El importe de la subvención se concretará en las siguientes cuantías:

  1. a) 1,2 veces el IPREM mensual vigente por cada una de las personas jóvenes mientras duren las prácticas si estas tienen una duración de cuatro o más horas diarias.
  2. b) 1,4 veces el IPREM mensual vigente por cada una de las personas jóvenes mientras duren las prácticas si estas tienen una duración de cuatro o más horas diarias, cuando la persona joven tenga un reconocimiento de discapacidad superior al 33 %.

El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad subvencionada.

En todo caso, para que EOI proceda a la realización de los pagos se requerirá a la empresa beneficiaria, de forma previa, la acreditación de encontrase al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y de no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro.

Las solicitudes se dirigirán a la Fundación EOI. La solicitud y la documentación complementaria se presentarán por vía electrónica utilizando para ello los medios disponibles en su página web.

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