Subvencionar el coste del impuesto de bienes inmuebles soportador por empresas titulares de la explotación de establecimientos turísticos de alojamiento, afectadas por la crisis derivada de la pandemia de la Covid-19.
Las personas beneficiarias de estas subvenciones podrán ser las titulares de empresas que desarrollen, como actividad principal, alguna de las actividades turísticas de alojamiento integradas en los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de
Actividades Económicas (CNAE 2009):
Las empresas deberán haber sufrido en el periodo subvencionable del año 2021 una reducción igual o superior al 30 por ciento de la totalidad de su actividad empresarial respecto al volumen de operaciones del año 2019.
El 100% de la cuota íntegra o en su caso, líquida, del Impuesto de Bienes Inmuebles devengado a 1 de enero de 2021, correspondiente a los establecimientos turísticos de alojamiento ubicados en Canarias, hasta el límite máximo por empresa regulado en el artículo 5, del Real Decreto Ley 10/2021, de 22 de julio.
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