Subvenciones del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES II). Next Generation EU.

Subvenciones del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES II). Next Generation EU.
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Plazo: pendiente de convocatoria 2022

Gobierno de Canarias.

Subvenciones para vehículos VEA (Vehículos de Energías Alternativas) para el año 2020, implantación de infraestructura de recarga de vehículo eléctrico, sistema de préstamo de bicicletas eléctricas, e implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo. Se plantean 4 escenarios de actuación:

  • Actuación 1. Adquisición de vehículos de energías alternativas
  • Actuación 2. Implantación de Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos
  • Actuación 3. Implantación de Sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas
  • Actuación 4. Implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo

Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas previstas en este real decreto, conforme a lo previsto en el mismo para cada tipología de actuación, siempre que tengan su residencia fiscal en España, y a lo que se establezca, en su caso, en las convocatorias que realicen las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación:

a) Para las actuaciones 1 y 2:

  1. Las personas físicas que desarrollen actividades económicas.
  2. Las personas físicas mayores de edad.
  3. Las comunidades de propietarios.
  4. Las personas jurídicas.
  5. Las entidades locales

b) Para las actuaciones 3 y 4, podrán ser destinatarios últimos de las ayudas todos los sujetos enumerados para las actuaciones 1 y 2 a excepción de personas físicas y comunidades de propietarios.

Requisitos previos: No se exigen

Actuación 1. Adquisición de vehículos de energías alternativas.

Actuación 2. Implantación de Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos: Se establece para esta actuación un límite de ayudas de 100.000 euros por destinatario último y convocatoria.

Para infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, la ayuda será el 30% del coste subvencionable para los destinatarios últimos de ayuda incluidos en el ordinal 4.º del apartado a) del artículo 3.2 y del 40% para el resto.

Actuación 3. Implantación de Sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas: Se establece para esta actuación un límite de ayudas de 100.000 euros por destinatario último y convocatoria

Para los sistemas de préstamo de bicicletas eléctricas, la ayuda será el 30% del coste subvencionable.

Actuación 4. Implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo: Se establece para esta actuación un límite de ayuda de 500.000 euros por destinatario último y convocatoria, salvo que el órgano gestor en su convocatoria fije un límite inferior con base en el presupuesto asignado a la medida.

La ayuda será del 40% del coste subvencionable para los destinatarios últimos de ayuda, salvo para aquellos destinatarios sin actividad comercial ni mercantil en cuyo caso la ayuda será del 50%.

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