Subvención para el mantenimiento del empleo

Subvención para el mantenimiento del empleo
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Plazo: Pendiente de nueva convocatoria

Subvenciones destinadas al mantenimiento del empleo de los trabajadores por cuenta  ajena contratados de forma indefinida o temporal por microempresas y por personas  trabajadoras autónomas, así como de los socios-trabajadores y de trabajo de empresas de  emprendimiento colectivo. 

Su finalidad es compensar en parte los costes salariales de los trabajadores asalariados  con contrato indefinido o temporal, o de las incorporaciones de socios-trabajadores o de  trabajo a cooperativas o sociedades laborales, efectuados con anterioridad a la solicitud  de la subvención, durante un plazo de seis meses, comprometiéndose la empresa a realizar  en dicho plazo la correspondiente actuación que contribuya a la transición de su actividad  hacia una economía verde o que contribuya a su transformación digital.  

Las personas, físicas y jurídicas, beneficiarias de esta Línea de Actuación, deberán  realizar un taller o píldora formativa, de entre las facilitadas por el Centro de Orientación,  Emprendimiento e Innovación para el Empleo del SCE, que contribuirán a la transición  de su actividad hacia una economía verde, a la puesta en marcha de prácticas respetuosas  con el medio ambiente, o que contribuya a su transformación digital. 

Estos talleres o píldoras formativas se ofertarán en formato virtual y con la disponibilidad,  multi programación y adaptabilidad necesaria para que la entidad o persona beneficiaria  pueda cumplir con su compromiso. 

  • Microempresas
  • Personas trabajadoras autónomas
  • Cooperativas
  • Sociedades laborales
  • Que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, donde han de tener al menos un centro de trabajo.
  • Que no cuenten con más de diez trabajadores asalariados.
  • Que tengan un volumen de negocios inferior a dos millones de euros.
  • Estar dadas de alta a terceros en el Sistema Económico Financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias.

5.000 euros por cada microempresa, persona trabajadora autónoma o empresa de  emprendimiento colectivo solicitante. 

En el plazo de 15 días desde que finalice la actuación objeto de la subvención  (mantenimiento del empleo durante 6 meses a contar desde el día de la solicitud de la  subvención), la persona, física o jurídica, beneficiaria presentará la justificación del  cumplimiento de la misma. 

Dicha justificación incluirá una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de  las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, que comprenderá: 

  1. La acreditación de haber cumplimentado la acción de apoyo al inicio de la  transformación productiva respetuosa con el medio ambiente o transformación digital  de la empresa, de acuerdo con las previsiones de la convocatoria. 
  2. La acreditación de que se han mantenido en el empleo durante seis meses el mismo  número de trabajadores con contrato indefinido y/o temporal con que contaba la empresa  o entidad en el momento de solicitar la subvención, o los socios-trabajadores o de trabajo  que estuvieran en alta, en su caso, en los centros de trabajo ubicados en Canarias. 
  3. Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad  subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

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