Subvención energía solar térmica para la producción de Agua Caliente Sanitaria y Mejora de la Envolvente Térmica en Edificaciones

Subvención energía solar térmica para la producción de Agua Caliente Sanitaria y Mejora de la Envolvente Térmica en Edificaciones
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Plazo: Pendiente de nueva convocatoria

Cabildo de Lanzarote.

Contribuir a la eficiencia energética del sistema energético insular, reducir sus emisiones de CO2 y otros contaminantes y lograr una mayor autonomía energética, reduciendo la dependencia extrema de los hidrocarburos.

Serán objeto de subvención de esta Convocatoria, los proyectos presentados para las instalaciones de Agua Caliente Sanitaria y la Mejora de la envolvente térmica: Sustitución de Carpinterías por otras más eficientes energéticamente.

Personas físicas o jurídicas residentes en las islas de Lanzarote y La Graciosa, las cuales deberán respetar y atender a los siguientes criterios:

a) Que hayan realizado la actuación subvencionable a partir del 1 de enero de 2021.
b) Quedarán excluidas las edificaciones objeto de expediente de disciplina urbanística.

  1. No concurrir en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.
  2. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  3. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Cabildo Insular o, en caso de existir deudas, estuvieran aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.
  4. No estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con el Cabildo de Lanzarote o sus Organismos Autónomos.
  5. Tener el domicilio o sede social en la isla de Lanzarote.
  6. Además, en el caso de instalaciones de Agua Caliente Sanitaria, las edificaciones no deben estar sujetas al Código Técnico de la Edificación.

Instalaciones de Agua Caliente Sanitaria:

  1. El importe de la subvención se establecerá en 500,00 € por metro cuadrado de panel solar instalado.
  2. El importe de la subvención no podrá superar el 50% del coste de la instalación.
  3. El importe de la subvención, en ningún caso podrá superar la cuantía límite de 1.000,00€ por instalación.

Mejora de la envolvente térmica: Sustitución de Carpinterías por otras más eficientes energéticamente:

  1. El importe de la subvención no podrá superar el 50% del coste de la instalación.
  2. El importe de la subvención en lo referido a sustitución de carpinterías, en ningún caso podrá superar la cuantía límite de 3.000,00 € por instalación.

En caso de que el proyecto presentado por la persona solicitante contenga las dos actuaciones, el límite económico será de 3.000,00 €.

El plazo dentro del que deben realizarse los gastos subvencionados será desde el 1 de enero del 2021 hasta cuatro meses después de la publicación del listado de resolución definitivo.

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