1. Gastos necesarios para el ejercicio de la actividad deportiva de asociaciones, clubes, entidades, personas físicas tales como:
- Gastos de transporte para participar en competiciones oficiales – Gastos de hospedaje para participar en competiciones oficiales (teniendo que ser hospedajes en el exterior de Fuerteventura)
- Gastos en botiquín
- Agua para consumo (sólo para clubes deportivos).
- Gastos licencias federativas y mutualidades deportivas.
- Gastos de material fungible.
- Gastos ocasionados por monitores, entrenadores o colaboradores (Podrá ser del 100% siempre tras el estudio y valoración de la concejalía de Deportes)
2. Gastos de los participantes en competiciones automovilísticas:
- Pruebas de campeonato regional
- Pruebas de campeonato insular
- Slalom (tanto del campeonato como insular).
- Copilotos con licencia federativa y empadronados en el municipio de Betancuria. – Quedando expresamente excluidos y no serán objeto de ayuda los tributos, así como las multas y recargos por prorroga o apremio impuestos por la administración Publicas, comidas o bebidas.
3. Inversiones como:
- Adquisición de maquinaria, útiles y herramientas, elementos de transporte y equipos informáticos necesarios para la puesta en marcha, mejora y modernización de las asociaciones, clubes y entidades dedicadas al desarrollo de actividades deportivas y sin ánimo de lucro.
- Obras y adquisición de bienes destinados a la puesta en marcha, modernización y mejora de las asociaciones y entidades de carácter deportivo. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
4. Para deportistas, de cualquiera de las modalidades deportivas, se subvencionará las competiciones de índole oficial.
- Tales gastos habrán de realizarse durante el año 2022 y con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.