Programa Kit Digital. Next Generation EU

Programa Kit Digital. Next Generation EU
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Plazo: 31 de diciembre de 2024
Solicita ya el Kit Digital, una ayuda destinada a incorporar las tecnologías a las empresas, ayudándolas en el proceso de digitalización.

Constituye el objeto de esta Orden el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de las ayudas mediante las que se ejecuta el Programa Kit Digital para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo (en adelante, Programa), que tiene por objeto la adopción de soluciones de digitalización incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.

  1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.
  2. Se establecen a tal efecto los siguientes segmentos de
  • Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.
  • Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.
  • Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.
  1. Las convocatorias determinarán el segmento o los segmentos de beneficiarios que podrán solicitar la subvención pública correspondiente.
  2. No podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, en los términos del artículo 10 de esta Orden, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización
  1. Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa
  2. Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener la antigüedad mínima que se establezca en las convocatorias.
  3. No tener la consideración de empresa en
  4. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  5. No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  6. No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Dichas prohibiciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
  7. No superar el límite de ayudas de minimis
  8. También es requisito para obtener la condición de beneficiario disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme

El procedimiento se llevara a cabo a través de un agente digitalizador, empresas que ofrecerán sus soluciones digitales, habilitadas para suscribir un acuerdo de colaboración con los beneficiarios que haya habido de las ayudas del Kit Digital y además, serán encargadas de seguir con ellas a través de su proceso de transformación digital.

Para poder solicitar el Kit Digital, se debe acceder a AceleraPyme y registrar la empresa a través del formulario online. Posteriormente, realizar el Test de Diagnóstico Digital y cuando se elija la solución digital concreta y se formalice con el agente digitalizador, se recibiría el bono digital con la cuantía que se había establecido.

Lo mejor para agilizar todo el proceso es seleccionar un agente digitalizador de confianza, ya que será el responsable de ejecutar toda la tramitación con la administración. Los agentes digitalizadores se podrán encontrar en la página de AceleraPyme junto a las soluciones que ofrecen.

  • Presencia en Internet y sitio web. En esta categoría se incluyen las soluciones que enseñan cómo crear una página web para la pyme con el fin de dar visibilidad a los productos que ofrece en Internet y alcanzar a mayor número de usuarios.
  • Comercio electrónico. El fin es crear una tienda online de compraventa de productos y/o servicios.
  • Gestión de redes sociales para promocionar la pyme en Instagram, Facebook, LinkedIn, etc.
  • Gestión de clientes y/o proveedores. El objetivo es mejorar y conseguir una evolución positiva de la gestión de las relaciones comerciales con los clientes.
  • Business Intelligence y analítica para mejorar la toma de decisiones de la pyme.
  • Servicios y herramientas de oficina virtual con el fin de establecer medidas interactivas para que la comunicación y colaboración entre los empleados sea más sencilla y eficiente.
  • Gestión de procesos para automatizar aspectos relacionados con la pyme.
  • Factura electrónica para agilizar el ritmo de emisión de facturas utilizando programas informáticos con opciones avanzadas que permitan a los trabajadores aumentar la productividad.
  • Comunicaciones seguras. Esta categoría tiene como fin afianzar la seguridad en los dispositivos de los trabajadores de la pyme.
  • Ciberseguridad para garantizar un uso seguro y fiable de los dispositivos electrónicos y evitar posibles hackeos y robos de información confidencial.

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Si estas interesado en esta subvención contáctanos y un equipo de profesionales se pondrá en contacto contigo para resolver cualquier duda.

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