Plan Renove Maquinaria Agraria

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Plazo: 15 de septiembre de 2023
Órgano emisor: Gobierno de España

Renovar el parque español de maquinaria agrícola, incluyendo tractores,  maquinaria automotriz y maquinaria arrastrada y suspendida, con el fin de reducir significativamente las emisiones de NO2, otros gases contaminantes y partículas, así como del consumo de gasóleo. Además de permitir la realización de las labores agrícolas  con un menor impacto ambiental, los nuevos tractores y máquinas agrícolas deben  garantizar una mayor seguridad en el trabajo en el campo. 

  1. Personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas,  titulares de explotaciones agrarias inscritas en el registro General de la Producción  Agrícola o en el Registro de Explotaciones Ganaderas.
  2. Personas físicas o jurídicas que prestan servicios a la agricultura, inscritas en el  IAE en el epígrafe 911, 912 y 851.  
  3. Agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y las agrupaciones de  defensa sanitaria ganadera.
  • Tractores. 
  • Máquinas automotrices: de recolección, de aplicación de productos fitosanitarios,  de aplicación de productos fertilizantes, cisternas para aplicación localizada de  purines y equipos de manipulación y carga.  
  • Maquinas arrastradas o suspendidas: sembradoras directas, abonadoras, equipos  de aplicación de productos fitosanitarios, trituradoras de residuos de cosecha y  poda, y cisternas de purín con sistemas de aplicación localizada de producto en el  suelo (rejas y discos), tubos flexibles (mangueras) o rígidos (para aplicación justo  sobre el suelo), así como sistemas de localización de purín en el suelo  independientemente de la cisterna.
  • La subvención se concederá solo por un único tractor o máquina nuevos por  beneficiario, pudiendo achatarrar más de un tractor o máquina obsoletos del  mismo tipo que los adquiridos.  
  • Estar al corriente con las obligaciones tributarias.  
  • Haber adquirido la maquinaria incluida en la lista y que sustituya a la maquinaria  a achatarrar.
  • Los tractores y máquinas a adquirir, deberán seleccionarse de entre las  relacionadas en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
  • Los tractores y máquinas nuevas deberán adquirirse en un plazo que se inicia el  día siguiente de la publicación de esta orden.

Tractores: 120€ por kilovatio de potencia del tractor a retirar, además  dependiendo de la clasificación energética podrá incrementarse la ayuda en  las siguientes cantidades:

  •  3.000€ 
  •  2.000€ 
  •  1.000€ 

En caso de que se trate un tractor eléctrico se incrementará la cuantía en  5.000€.  

En todo caso la cuantía base no podrá exceder de 12.000€ y la cuantía máxima  de 20.000€  

Maquinaria agrícola: 120€ por kilovatio de potencia multiplicado por 5, se  podrá incrementar en 2.000 euros si se trata de la fase de emisiones más  avanzada.  

La cuantía base de la subvención no puede sobrepasar 25.000€, y la cuantía  máxima los 27.000€ por beneficiario, ni el 30% del coste de adquisición sin  IVA o IGIC.  

Abonadoras, equipos de aplicación de productos fitosanitarios: la cuantía base de la subvención no puede sobrepasar el 30% del coste de adquisición  sin IVA o IGIC, y no podrá sobrepasar los 4.500 euros en el caso de  abonadoras y 6.000 euros para los equipos de aplicación de productos  fitosanitarios.  

Sembradoras directas y cisternas: la cuantía de la subvención se establece  en el 30% del coste de adquisición sin IVA o IGIC.

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