Esta convocatoria tiene por objeto establecer las normas y criterios que regirán la concesión de subvenciones ofrecidas por esta institución insular para promover y llevar a cabo proyectos con el fin de contribuir a la eficiencia energética del sistema energético insular, reducir sus emisiones de CO2 y otros contaminantes y lograr una mayor autonomía energética, reduciendo la dependencia extrema de los hidrocarburos.
Serán objeto de subvención de ésta Convocatoria, los proyectos para actuaciones para la instalación de energía solar térmica en producción de Agua Caliente Sanitaria, de acuerdo con las Bases Reguladoras de las Subvenciones del Cabildo de Lanzarote para la Mitigación del Cambio Climático y Transición Energética en las islas de Lanzarote y La Graciosa.
Modalidad A: Edificaciones Unifamiliares.
Modalidad B: Otro tipo de pequeñas edificaciones. (b.1. Comunidades de vecinos; b.2. Instalaciones industriales, oficinas, deportivas, sanitarias, hostelería y otros.)
Modalidad C: Modernización de instalaciones obsoletas o deterioradas.
El importe de la subvención se establecerá en 500,00 € por metro cuadrado de panel solar instalado.
El importe de la subvención, en ningún caso podrá ser tal que su cuantía, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o recursos de terceros, supere el 50% del coste de la instalación.
El importe de la subvención, en ningún caso podrá superar la cuantía límite de 1.000,00 € por instalación.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones personas físicas y/o jurídicas que planteen la actuación subvencionable en el territorio de la isla de Lanzarote y la Graciosa cuyas edificaciones no estén sujetas al Código Técnico de la Edificación.
Cada participante solo podrá presentar un único proyecto por línea de subvención y ser perceptor de una única subvención por el importe señalado en la convocatoria, con independencia de que las solicitudes sean realizadas como persona física o jurídica.
En el supuesto de que una misma persona presente más de un proyecto, se le requerirá para que en el plazo improrrogable de 3 días hábiles manifieste cual de los proyectos somete a la convocatoria.
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