Podrá ser beneficiaria cualquier entidad mercantil con personalidad jurídica propia, ya sea física o jurídica, con capital íntegramente privado, legalmente constituida y que tenga centros de trabajo en la isla de Fuerteventura para la contratación de personal que desempeñe sus tareas en esos centros de trabajo.
Específicamente, tendrán la condición de beneficiarios de las subvenciones reguladas en las Bases específicas que han de regir el otorgamiento de subvención para el fomento de la contratación, las personas físicas, jurídicas o agrupación de las mismas que promuevan proyectos empresariales y que cumplan los siguientes requisitos:
El objeto de esta Convocatoria es financiar parte de los costes salariales y cuota empresarial a la Seguridad Social – hasta un máximo de SEIS MESES – en que incurran las empresas de la isla de Fuerteventura por efectuar nuevos contratos, por un período mínimo de 3 meses y con una jornada laboral no inferior a 20 horas semanales, a personas que desarrollen sus tareas en centros de trabajo ubicados en esta isla, siempre que estos contratos se formalicen con personas en situación de desempleo, inscritos en alguna de las oficinas de Empleo de la isla y para un máximo de tres contrataciones subvencionadas por empresa.
El importe de las subvenciones a conceder no excederá el 80% de los costes salariales y de Seguridad Social, con el límite de máximo mensual de 1.400,00 euros por persona contratada, lo que hace un total máximo para los seis meses subvencionables de 8.400,00 euros.
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