Subvenciones destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III).

Subvenciones destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III).
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Plazo: 31 de diciembre de 2023

Convocar las subvenciones destinadas a inversión dentro del plan de impulso de  la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería, en el marco del Plan  de Recuperación, Transformación y Resiliencia previstas en el Real Decreto 948/2021,  de 2 de noviembre. 

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones destinadas a la ejecución de  proyectos de inversión dentro del plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad  de la agricultura y la ganadería en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y  Resiliencia, las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública.

a) Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, que sean titulares de  explotaciones ganaderas siempre que tengan la consideración de PYMES.

b) Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas,  de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos  previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, y cualquier  organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente, que  integren, un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración  de PYMES. No obstante, dicho número será de tres en el caso de las islas Canarias y las  Illes Balears en atención a las condiciones de insularidad. 

c) Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que las actuaciones  se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones ganaderas  concretas que tengan la consideración de PYMES, cuyos titulares habrán dado su  consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda. 

d) Centros gestores de estiércoles siempre que tengan la consideración de PYMES.

e) Los titulares de explotaciones ganaderas.

Para los productores de hortalizas o flor cortada o planta ornamental:

  • Instalación de un sistema de doble puerta. 
  • Instalación de un sistema de doble techo. 
  • La implantación de un sistema automatizado de ventilación cenital en todos  los módulos y lateral en todo el perímetro. 
  • La instalación de pantallas térmicas/de sombreo que funcionen de manera  automática según la temperatura y la radiación. 
  • La instalación de sistemas de humidificación automática. 
  • La instalación de nebulizadores. 
  • La instalación de destratificadores. 
  • La instalación de iluminación. 
  • Instalación de sistemas de fertilización carbónica (sistemas de recuperación  de gases en inyección de sistemas de CO2 puros) 
  • La instalación de un sistema de refrigeración cooling o fog system con  ventiladores recirculadores 
  • La instalación de un sistema de calefacción por agua. 
  • La instalación de un sistema automatizado de riego por goteo o de  fertirrigación. 
  • La instalación de material de cubierta: plástico rígido (policarbonato) y vidrio. Para los productores de flor cortada o planta ornamental: 
  • La instalación de mesas. 
  • La instalación de máquinas sembradoras, enmacetadores y mezcladoras de  substratos 

Para los productores de hortalizas o flor cortada o planta ornamental: – Instalación de un sistema de aprovechamiento de aguas pluviales: canalización  y balsa de almacenamiento. 

  • El acondicionamiento de la balsa de riego para el fomento de la biodiversidad. – Creación de refugios de biodiversidad (setos perimetrales: 1m de anchura o  equivalente al 4% de la superficie del invernadero). 
  • La instalación de una planta de compostaje en la explotación de los socios o en  terreno de la entidad asociativa, en su caso. 
  • La instalación de sensores de riego. 
  • La instalación de sensores de análisis de nutrientes. 
  • La instalación de sensores de lumínicos. 
  • La instalación de sensores de humedad. 
  • La instalación de sensores de variables atmosféricas.
  • La instalación de energías renovables cuyo fin sea cubrir las necesidades  energéticas de la explotación. 
  • Para cultivo en hidroponía: instalación de sistemas de recogida, desinfección,  almacenaje y recirculación del agua de drenaje 

Para los productores de flor cortada o planta ornamental: 

  • La instalación de infraestructura de recogida y reutilización del agua de riego,  con sistema de análisis del abono en agua 

La intensidad máxima de las ayudas para cada una de las tipologías de inversión  elegibles será la siguiente: 

  1. Para las inversiones de tipo productivo: Límite máximo: 40 % del coste elegible. 
  2. Para las inversiones de tipo no productivo: Límite máximo: 65% del coste elegible. 

Estos límites podrán incrementarse en 20

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