Ayudas para proyectos innovadores de I+D de almacenamiento energético

Ayudas para proyectos innovadores de I+D de almacenamiento energético
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Plazo: Pendiente de nueva convocatoria
Órgano emisor: Gobierno de Canarias

Son objeto de las ayudas los proyectos innovadores de I+D de desarrollo  experimental y de investigación industrial en el ámbito del almacenamiento energético.  La finalidad de la ayuda es impulsar el desarrollo de proyectos innovadores de I+D  relativos al despliegue del almacenamiento de energía. 

  1. Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011,  de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.  
  2. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con  capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley  Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro  de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de  septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.  
  3. Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica  propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los  dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos,  o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma  jurídica.  
  4. Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades  de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y  transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.  
  5. Empresas, tal como se definen en el Reglamento (UE) número 651/2014 de la  Comisión, de 17 de junio. 
  6. Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica  de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto  2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los  Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de  tales centros.  
  7. Otros centros privados de I+D+i que tengan definida en sus estatutos la I+D+i como  actividad principal.  
  8. Empresas Innovadoras de Base Tecnológica, según el artículo 56 de la Ley 2/2011, de  4 de marzo, de Economía Sostenible.  
  9. Otras organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica, o realicen  difusión y divulgación tecnológica y científica.  
  •  La tecnología propuesta debe ser considerada innovadora, y tener un nivel de  madurez tecnológica, medida como un TRL, entre el nivel 6 y 8.  
  • Los proyectos deberán, además, poder demostrar y probar productos innovadores  de almacenamiento de energía a gran escala que sean eficientes cuando funcionen  a un mínimo de 1MW de potencia o 1MWh de capacidad de almacenamiento.  
  • El sistema de almacenamiento, una vez finalizado el desarrollo del proyecto,  deberá proceder a su demostración comercial y a la explotación de la instalación,  conectándose a la red eléctrica conforme a la normativa aplicable. 

Se financiará el 100% del proyecto y se podrán otorgar anticipos del 80% a los  beneficiarios que lo necesiten.  

El plazo máximo de ejecución de las actuaciones se establecerá en la  resolución definitiva de concesión de ayuda, no pudiendo en ningún caso finalizar las actuaciones después del 30 de abril de 2026. El plazo de justificación será de tres meses,  contados a partir de la fecha en que expire el plazo máximo ejecución.

Desde el día 8 de marzo de 2022 a las 12:00h hasta el día 10 de  mayo de 2022. 

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