Ayudas a la contratación Mapfre

Ayudas a la contratación Mapfre
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Plazo: 30 de septiembre de 2022

Fundación MAPFRE (en adelante, “la Fundación”) dirige estas ayudas a pequeñas empresas, autónomos y entidades sociales (“empleadores”) en España para favorecer la  generación de nuevos puestos de trabajo.  

Estas ayudas se conceden por la creación de un puesto de trabajo para una persona mayor  de edad, siempre y cuando la contratación se haya producido en fecha igual o posterior al  1 de enero de 2022 y que el nuevo empleado haya estado al menos 30 días en situación  legal de desempleo con carácter previo a su contratación. 

Los empleadores que soliciten esta ayuda sólo podrán tener hasta 6 empleados como  máximo.  

Es un programa impulsado por Fundación MAPFRE desde 2013 que busca fomentar el empleo en España a través del apoyo a las pequeñas y medianas empresas, autónomos y  entidades sociales con necesidad de contratar, pero con falta de recursos para ello. Estas ayudas constituyen una iniciativa estratégica para la Fundación y se enmarcan en  su Proyecto Social de Empleo, que impulsa el acceso al mundo laboral de las personas desempleadas con especial atención a aquellas que más dificultades encuentran para  acceder a un puesto de trabajo y a los menores de 30 años. 

  1. Estar al corriente de sus obligaciones de pago de cuotas e impuestos con la  Seguridad Social y con las demás Administraciones Públicas.  
  2. En el caso de ser una empresa o entidad social, estar inscrita en el Registro Público  Español que corresponda a su naturaleza y que acredita su personalidad jurídica. 
  3. En el caso de los autónomos, estar dado de alta como empresario en la Seguridad  Social.  
  4. No haber reducido plantilla en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2021  y la fecha de solicitud de esta ayuda. 

La Fundación otorgará un mínimo de 420 ayudas (o el número ampliado de ayudas, en su  caso) con una duración máxima de nueves meses completos de contrato, dotadas cada  una de ellas con las siguientes cantidades:  

Una ayuda por valor de hasta 2.700€ en total (distribuidos en mensualidades de  hasta 300€) para contratos a media jornada no inferiores a 20 horas semanales.  2. Una ayuda por valor de hasta 4.500€ en total (distribuidos en mensualidades de  hasta 500€) para aquellos contratos a jornada completa.  

La duración máxima de la ayuda será de NUEVE meses, comenzando a contar desde la  aceptación y firma del convenio que formaliza la concesión de la ayuda solicitada,  respetando los plazos estipulados en estas bases y con las cuantías máximas arriba  definidas según corresponda, o la cantidad inferior que coincida matemáticamente con el  salario neto mensual del empleado durante esos nueve meses.  

Dicha suma será ingresada directamente por la Fundación en la cuenta designada al efecto  por el empleado por cuenta y orden del empleador, teniendo para dicho empleador la  suma entregada carácter de donación.  

  1. Crea tu usuario para acceder a nuestra aplicación de Premios, Becas y Ayudas. 2. Revisa tu correo electrónico y confirma la creación de tu usuario. 3. Accede a la aplicación de Premios y Ayudas de Fundación MAPFRE.
  2. Introduce tu usuario y contraseña y, pulsa sobre la opción “ALTA DE SOLICITUD” del menú de la izquierda. 
  3. Selecciona la convocatoria de Accedemos que te corresponda dependiendo de si  solicitas una ayuda para un contrato a jornada completa o a media jornada. 6. Ve cumplimentando los datos que te pedimos y adjunta los archivos en formato  pdf. Cuando acabes, sólo tendrás que pulsa sobre “FINALIZAR” y estar pendiente  de tu correo electrónico, pues te iremos avisando a cada paso del proceso de todo  lo que tenga que ver con tu solicitud y la gestión del seguimiento de tu ayuda.
  1. Copia del contrato de trabajo suscrito entre empleado y empleador firmado entre  las partes junto a la copia de la comunicación al SEPE de dicho contrato.  2. Copia compulsada del Documento de identidad del empleado:  DNI/NIE/Pasaporte (consultar Anexo I), que deberá remitirse a la siguiente  dirección postal: Apartado de Correos no 36076, 28020 Madrid, tras incorporar  fotocopia bien legible en la plataforma informática de tramitación de la ayuda.  3. Certificado de la titularidad de la cuenta bancaria del empleado.  4. Documento de alta y renovación de la demanda de empleo (DARDE) del nuevo  empleado.  
  2. Certificado de vida laboral del empleado actualizado al momento de la solicitud  de la ayuda.  
  3. Formulario de aceptación expresa de las bases y cesión de derechos y tratamiento  de datos de carácter personal firmado por el empleado (modelo a cumplimentar  adjunto en Anexo II al final de estas bases).  
  4. Documentación que avale que el empleador tiene personalidad jurídica y está inscrito en el registro público español que corresponda en función de su naturaleza  jurídica. En el caso de empleadores que tengan la condición de trabajadores  autónomos, deberán aportar copia del Alta como empresario en la Seguridad  Social.  
  5. Certificado expedido por la Agencia Tributaria que demuestre que el empleador  está al corriente de pagos con dicha administración. 
  6. Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente que  demuestre que el empleador está al corriente de pagos con dicha administración.  10. Certificado de vida laboral del empleador (código de cuenta de cotización)  actualizado a fecha de la solicitud. El certificado deberá reflejar la situación de  alta del empleado.  
  7. Relación nominal de trabajadores (RNT) del mes de julio de 2021 y la última  disponible a fecha de solicitud.  
  8. Documentos requeridos por la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales tal y  como corresponda para cada situación (consultar Anexo I al final de estas bases). 

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