Subvenciones del Cabildo de Lanzarote para la organización de escuelas deportivas de interés insular

Objeto

Constituye el objeto de las presentes subvenciones que han de regir para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva:

  • Gastos producidos por entrenamientos diarios dirigidos a conseguir el aprendizaje y mejora de la condición física y técnica de los deportistas de las diferentes modalidades deportivas.
  • Adquisición de material técnico deportivo para la realización de entrenamientos y competiciones.
  • Gastos de participación en competiciones encaminadas a conseguir el aprendizaje y mejora de la práctica deportiva, que podrán ser insulares, autonómicos, nacionales e internacionales.
  • Gratificación de entrenadores, médicos, fisioterapeutas, psicólogos y técnicos que ayudan al desarrollo del funcionamiento de la propia escuela y sus alumnos.

En ningún caso podrá ser objeto de subvención:

La realización de actividades no relacionadas directamente con el deporte de la que se han conseguido los logros para ser beneficiario de la subvención.

Requisitos generales de los beneficiarios de la subvención

Los solicitantes de las subvenciones a la organización de escuelas deportivas de interés insular deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser persona jurídica o entidades públicas o privadas con residencia en la isla de Lanzarote o La Graciosa que programen actividades de escuela deportiva de interés para las islas de Lanzarote y La Graciosa.
  2. Tener fijada residencia habitual de manera permanente e ininterrumpida en un municipio de la isla de Lanzarote o La Graciosa durante un periodo que se fije en cada convocatoria, contado este plazo hasta la fecha final de cierre de la convocatoria.
  3. Realizar la actividad relacionada con la presente subvención en la isla de Lanzarote y La Graciosa, así como participar en competiciones oficiales de categorías de base organizadas por entidades públicas o por las correspondientes federaciones deportivas.
  4. Cumplir los requisitos previstos en el artículo 13. Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Período

Del 23/10/2019 al 04/12/2019

Para más información, contacte con Fimax en el teléfono 928 85 89 30, o correo electrónico a [email protected]

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