¿Se pueden combinar la RIC, la ZEC, las deducciones por I+D+i y los incentivos al cine? Claves para aprovechar al máximo el REF canario

Canarias cuenta con uno de los regímenes fiscales más atractivos de Europa. La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC), la Zona Especial Canaria (ZEC), las deducciones por I+D+i o los incentivos a las producciones audiovisuales permiten reducir significativamente la carga tributaria de empresas y emprendedores.

Sin embargo, una de las dudas más habituales es si estos incentivos pueden aplicarse simultáneamente o si, por el contrario, son incompatibles entre sí.

En este blog identificaremos cuáles son los incentivos principales y su compatibilidad, con el fin de maximizar el ahorro fiscal.

La regla general: doble beneficio sobre la misma inversión no es posible

El REF está diseñado para fomentar la inversión y el desarrollo económico en Canarias. Por ello, los distintos incentivos pueden coexistir dentro de una misma empresa.

Ahora bien, la normativa impide que una misma inversión o gasto genere simultáneamente determinados beneficios fiscales cuando ello suponga una duplicidad de incentivos sobre el mismo importe.

Estudiémoslo punto por punto.

RIC y DIC

La Reserva para Inversiones en Canarias permite reducir la base imponible del Impuesto sobre Sociedades mediante la dotación de beneficios a una reserva que posteriormente deberá materializarse en las inversiones previstas en la normativa. Algunos ejemplos son: adquisición de maquinaria o inmuebles comerciales para la actividad, adquisición de acciones en otras sociedades canarias, inversión en I+D o, relativamente novedoso, en la adquisición de inmuebles destinados al arrendamiento de vivienda a largo plazo.

Sin embargo, la normativa establece que las inversiones que se beneficien de la RIC son incompatibles, respecto del mismo importe, con la Deducción por Inversiones en Canarias (DIC).

Esto no significa que una empresa deba elegir necesariamente entre RIC o deducciones. En muchos casos es posible distribuir la inversión de forma que una parte se destine a materializar la RIC y otra genere derecho a deducción, siempre que exista una adecuada delimitación económica y documental.

Veamos un ejemplo:

La sociedad A tiene un beneficio de 500.000 € y pretende comprar una nave por 300.000 €.

La empresa puede, en relación con dicha inversión:

  • Dotar y materializar la RIC por 150.000 euros, lo que reduciría la base imponible en 150.000 euros.
  • Aplicar la DIC sobre los otros 150.000 euros.

De esta forma, sobre la base de 350.000 euros resultante y aplicando un tipo general del 25%, obtendríamos una cuota íntegra de 87.500 euros.

Sobre esa cuota aplicaríamos la DIC, que sería el 25% de los 150.000 euros de inversión. Es decir, 37.500 euros de deducción.

Como resultado, tras aplicar la DIC, obtendríamos una cuota líquida de 50.000 euros.

De esta forma, hemos pasado de una cuota que, sin aplicar incentivos, hubiera sido de 125.000 euros, a una cuota resultante de 50.000 euros. Hemos ahorrado 75.000 euros.

¿Es compatible la ZEC con la RIC?

No, con carácter general. Las entidades inscritas en la Zona Especial Canaria no pueden beneficiarse simultáneamente del tipo reducido del 4% en el Impuesto sobre Sociedades y de la Reserva para Inversiones en Canarias.

No obstante, sí que podrá beneficiarse de este incentivo aquella parte de base imponible de las entidades ZEC que esté sujeta al tipo de gravamen general por proceder de establecimientos situados en Canarias.

Un ejemplo, son aquellos casos en los que una sociedad inscrita en la ZEC decide abrir una sucursal para desarrollar otras actividades no autorizadas. En este caso, la parte de la base imponible que provenga de la actividad realizada por la sucursal será en la que sí se pueda aplicar la RIC.

En cambio, no existe incompatibilidad alguna entre la condición de empresa ZEC y la aplicación de la DIC.

ZEC e I+D+i

Las empresas que desarrollan actividades innovadoras en Canarias pueden beneficiarse simultáneamente del régimen ZEC y de las deducciones por actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica.

Además, la normativa canaria incrementa significativamente los porcentajes de deducción respecto al régimen general estatal, convirtiendo a Canarias en uno de los territorios más favorables para el desarrollo de proyectos tecnológicos y de innovación.

Sin embargo, debemos recordar que la monetización de la deducción que no pueda aplicarse por insuficiencia de cuota. No puede ser solicitada por empresas ZEC.

En este sentido, los blogs sobre “Deducciones fiscales por I+D+i: cómo aprovecharlas y qué opciones tiene tu empresa” y “¿Es compatible la monetización de las deducciones fiscales por actividades de I+D+iT con el régimen ZEC?” que están publicados en nuestra página web, desarrollan de forma más extensa este tema.

Producciones audiovisuales: ¿pueden combinarse con otros incentivos?

Canarias ofrece actualmente algunos de los incentivos fiscales más potentes de Europa para la industria audiovisual.

Las deducciones aplicables a producciones cinematográficas y audiovisuales cuentan con porcentajes superiores a los existentes en territorio peninsular y pueden coexistir con otros instrumentos del REF, siempre respetando los límites legales y las reglas de acumulación de ayudas públicas.

La importancia de una planificación previa

La experiencia demuestra que el mayor ahorro fiscal no suele obtenerse aplicando un único incentivo, sino diseñando una estrategia que permita coordinar adecuadamente los distintos instrumentos del REF.

Una empresa puede encontrarse en situaciones como las siguientes:

  • Aplicar la ZEC sobre parte de su actividad.
  • Dotar RIC con beneficios no distribuidos.
  • Generar deducciones por proyectos de I+D+i.
  • Desarrollar producciones audiovisuales con incentivos específicos.
  • Aprovechar las deducciones por inversiones previstas en la normativa canaria.

La clave consiste en identificar qué inversiones pueden acogerse a cada incentivo y evitar solapamientos que puedan comprometer la seguridad jurídica de la operación.

En Fimax Asesores contamos con amplia experiencia en el análisis y planificación de estructuras fiscales vinculadas al Régimen Económico y Fiscal de Canarias, incluyendo RIC, ZEC, deducciones por I+D+i, incentivos audiovisuales y otros beneficios fiscales aplicables a empresas y grupos empresariales.

Si desea conocer qué incentivos pueden resultar aplicables a su proyecto y cómo combinarlos de forma segura y eficiente, nuestro equipo estará encantado de ayudarle.

Ponte en contacto con nosotros 

Si necesitas asesoramiento no dudes en ponerte en contacto con nosotros rellenando el siguiente formulario.

Relacionados

Compartir

Suscríbete a nuestra newsletter

No te pierdas toda la actualidad en los ámbitos jurídico, fiscal, laboral y de protección de datos.