RENTA 2022: Novedades, fechas y obligados a tributar

¿Qué fechas debe tener en cuenta a la hora de presentar la declaración de la Renta 2022?

El comienzo de la fase de promoción se llevará a cabo el siguiente 11 de abril. Desde ese momento y hasta el 30 de junio, será posible conseguir un borrador de la declaración de impuestos online. Las distintas maneras para obtener tanto el borrador como los datos fiscales y la propia declaración son: con el número y la fecha de caducidad del DNI –o de emisión si es de duración indefinida– y el monto de la casilla 505 –»Base imponible general sujeta a tributación»– de la declaración de impuestos de 2021, logrando así un Número de Referencia; con [email protected] PIN; o con un certificado electrónico válido. Si quien realiza la declaración no ha declarado impuestos el año anterior, deberá incluir un código IBAN (International Bank Account Number) de una cuenta bancaria española a su nombre para obtener el número de referencia.

La presentación de la declaración se debe hacer mediante medios electrónicos por medio de la página web de la Agencia Tributaria, por teléfono o en oficinas previa cita, pero no en papel. En caso de que haya algún pago que hacer como resultado de la declaración, el contribuyente tiene la opción de domiciliarlo, obtener un número de referencia completo (NRC) de su entidad bancaria o imprimir un documento para hacer el pago en una entidad colaboradora.

Otra opción disponible es realizar la presentación de las declaraciones a través de la aplicación móvil proporcionada por la Agencia Tributaria, la cual se puede descargar desde las tiendas de aplicaciones de Apple y Android.

Antes de dar el visto bueno al borrador, es crucial que se verifique que los datos registrados coincidan con los números reales en términos de montos, asignación entre cónyuges o copropietarios, situación familiar y asignación correcta del período fiscal, al tiempo que se considere la posibilidad de aplicar reducciones en la base y deducciones en la tarifa, especialmente aquellas otorgadas por la comunidad autónoma donde resida. Si el resultado de la declaración es a pagar y se elige domiciliar el pago, la fecha límite para confirmar el borrador es el 27 de junio, aunque el cargo en cuenta se realizará el 30 de junio. Sin embargo, si decide domiciliar el segundo plazo únicamente, la fecha límite será el 30 de junio.

¿Existe alguna novedad en el modelo de este año?

 En el presente año, la opción de llevar los importes registrados en los libros del IRPF al apartado de rendimientos de actividades económicas en estimación directa sigue vigente, tal como en los dos años anteriores. No obstante, se establece como condición imprescindible que se autorice la conservación de dicha información y que los libros estén en el formato establecido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria en su plataforma virtual.

Se han incluido nuevas casillas en la sección de ganancias y pérdidas de patrimonio que se suman a la base imponible general en la sección «Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no provienen de la transferencia de activos» para informar sobre la ayuda del Bono Cultural Joven. Además, se ha establecido una casilla específica para informar sobre las ayudas al alquiler de vivienda, con el objetivo de mejorar la administración de la prestación por ingreso mínimo vital.

 Sin embargo, los cambios más significativos en las ganancias y pérdidas patrimoniales son la división en tres subapartados del apartado denominado «Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales». El primero se utiliza para especificar las ganancias y pérdidas derivadas de la transmisión de inmuebles y derechos reales sobre bienes inmuebles, el segundo se utiliza para declarar las transmisiones o permutas de monedas virtuales y hay un subapartado residual para otros elementos patrimoniales.

 Se busca hacer más sencillo el proceso de llenar estas secciones y se realizan ciertos ajustes técnicos en la sección que trata sobre las contribuciones a los planes de previsión social, para que el formato de la declaración esté acorde con los cambios en la normativa.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración?

No hay obligación de declarar ciertas rentas, como los ingresos de trabajo de hasta 22.000 euros de un solo pagador o 14.000 euros (15.000 euros a partir de 2023) de más de un pagador, siempre que la suma de las rentas obtenidas por otros pagadores supere los 1.500 euros. También se excluyen las ganancias patrimoniales y los ingresos de capital mobiliario sujetos a retención si no superan los 1.600 euros. Esto aplica a pagadores que no retienen o lo hacen a tipo fijo, así como a pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos que no provengan de padres. Las rentas de propiedades inmobiliarias imputadas, los ingresos de capital de letras del Tesoro y las subvenciones para adquirir viviendas sociales, así como otras ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, se pueden declarar en conjunto hasta un límite de 1.000 euros. Si los ingresos totales del contribuyente, incluyendo los ingresos laborales, de capital y de actividades económicas, así como las ganancias patrimoniales, no superan los 1.000 euros, no será necesario presentar una declaración de impuestos. En este caso, solo se permiten pérdidas patrimoniales de menos de 500 euros.

Sin embargo, aquellos contribuyentes que deseen recibir el reembolso correspondiente de este impuesto o las deducciones por maternidad, familia numerosa o personas a su cargo con discapacidad, así como aquellos que deseen ejercer su derecho a la deducción por doble imposición internacional, la deducción transitoria por adquisición de vivienda o para reducir la base por aportaciones a patrimonios protegidos o sistemas de previsión social, deberán presentar su declaración.

Las personas que reciben el ingreso mínimo vital y los integrantes de su unidad de convivencia tendrán que hacer una declaración obligatoria. En el próximo año, a partir de la declaración de la Renta de 2023, todas las personas físicas que hayan estado dadas de alta como trabajadores por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, estarán obligadas a presentar su declaración.

¿Hay que tributar por el ingreso mínimo vital?

 A pesar de que se requiere presentar la declaración para percibir esta prestación, está exenta hasta un tope máximo anual, además de las ayudas económicas que otorgan las Comunidades Autónomas como ayuda básica de renta, así como otras ayudas que se otorgan por las entidades locales para asistir a comunidades en riesgo de exclusión social, situaciones de emergencia social y otras situaciones similares, y que equivalen a 1.5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples (10.422.36 euros en 2022).

¿Qué consecuencias tiene la falta de presentación de la declaración en periodo voluntario?

 Si se presenta la declaración de impuestos en el plazo establecido pero no se realiza el pago correspondiente, se dará inicio al período ejecutivo al día siguiente, lo que conllevará la acumulación de recargos. La tasa de recargo será del 5%, 10% o 20%, dependiendo de si se paga la deuda en el período voluntario o después de notificarse la providencia de apremio. Además, se requerirán intereses de demora. Si se solicita un aplazamiento o fraccionamiento en el período voluntario, la deuda no se incluirá en el apremio.

 En caso de que la persona no presente la autoliquidación y la Administración tributaria exija el pago, existe la posibilidad de que se le imponga una multa que oscila entre el 50% y el 150% del monto total adeudado. Esto no significa que no se pueda reducir la sanción mediante la conformidad o el pago temprano.

 En caso de que el contribuyente presente una declaración de impuestos después del plazo voluntario y sin requerimiento previo, con hasta un año de retraso, y deba pagar una cantidad, se le aplicará un recargo del 1% por la presentación tardía, más otro 1% por cada mes completo de retraso. Después de un año de retraso, se aplicará un recargo adicional del 15% más intereses por el tiempo transcurrido desde el año de retraso. Este recargo se aplica en relación con el plazo establecido para la presentación y pago.

Si falleció un contribuyente en 2022, ¿quién se hace cargo de presentar su declaración y cómo se realiza el ingreso o el cobro?

En estas situaciones, el impuesto se genera en el momento del deceso y, en caso de que los ingresos del fallecido requieran una declaración, serán los herederos quienes tengan que cumplir con dicha obligación. Si el impuesto resulta a reembolsar, los sucesores tendrán que presentar cierta documentación para recibir el monto correspondiente, la cual variará según si supera o no los 2.000 euros. En caso de que el resultado del trámite sea obligatorio, es importante evitar que el importe sea domiciliado en una cuenta perteneciente a los sucesores, ya que el banco no realizará el cargo el día 30 de junio. Esto se debe a que no se coincide el titular de la cuenta con el contribuyente, lo que puede llevar a la deuda a entrar automáticamente en apremio.

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