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title: "Fusiones en la empresa familiar: concepto, tipos y procedimiento legal"
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date: 2026-03-18
modified: 2026-03-18
author: "Fimax Asesores"
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categories: ["Empresa familiar"]
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# Fusiones en la empresa familiar: concepto, tipos y procedimiento legal

## Concepto y tipos de fusión

La fusión es una modificación estructural mediante la cual dos o más sociedades mercantiles inscritas se integran en una única sociedad, transmitiendo en bloque sus patrimonios y atribuyendo a sus socios acciones o participaciones de la sociedad resultante.

Esa sociedad puede ser:

- De nueva creación.
- Una de las sociedades que participan en la operación.

Desde el punto de vista jurídico, existen dos grandes modalidades:

### Fusión pura

Implica la extinción de todas las sociedades que se fusionan y la creación de una nueva entidad que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de las anteriores.

Es habitual en procesos de reordenación total de grupos familiares donde se busca simplificar estructuras y unificar gestión.

### Fusión por absorción

Una sociedad ya existente absorbe a otra u otras sociedades, que se extinguen. La sociedad absorbente adquiere sus patrimonios por sucesión universal y, en su caso, amplía capital para compensar a los socios de las absorbidas.

Es la modalidad más frecuente en grupos empresariales familiares.

**Importante:** La diferencia entre ambas es formal, no sustancial. En ambos casos se produce una unificación patrimonial, societaria y jurídica.

## Efectos jurídicos de la fusión

Toda fusión produce tres efectos fundamentales:

1. **Transmisión en bloque del patrimonio** (activo y pasivo) a la sociedad resultante o absorbente.
2. **Canje de participaciones o acciones** a favor de los socios de las sociedades extinguidas.
3. **Disolución sin liquidación** de las sociedades que transmiten su patrimonio.

En la empresa familiar, estos efectos pueden tener un impacto relevante en:

- El equilibrio entre ramas familiares.
- El control societario.
- La fiscalidad del grupo.
- La planificación sucesoria.

Por ello, la operación debe diseñarse estratégicamente.

## Fases del procedimiento de fusión

La fusión es un proceso complejo que exige cumplir rigurosamente con las fases previstas en la normativa.

### 1. Fase preparatoria

Incluye:

#### **a) Proyecto común de fusión**

Debe ser redactado por los órganos de administración de las sociedades implicadas e incluir, entre otros aspectos:

- Identificación completa de las sociedades.
- Tipo de canje y posibles compensaciones.
- Valoración del activo y pasivo.
- Fecha de efectos contables.
- Estatutos de la sociedad resultante.
- Impacto sobre empleo y estructura organizativa.

En estructuras familiares, la correcta valoración y el tipo de canje son especialmente sensibles.

El proyecto debe publicarse en la web o depositarse en el Registro Mercantil.

#### **b) Informe de los administradores**

Justifica jurídica y económicamente la operación, explicando:

- El tipo de canje.
- Las implicaciones para socios, acreedores y trabajadores.

No será necesario en determinados supuestos, como absorciones de sociedades íntegramente participadas.

#### **c) Informe de experto independiente**

Obligatorio cuando participe una sociedad anónima o comanditaria por acciones. Garantiza la transparencia del proceso, especialmente en la valoración patrimonial.

### **2. Fase decisoria**

Incluye:

- Puesta a disposición de la documentación (proyecto, cuentas anuales, balance de fusión, etc.).
- Convocatoria de junta general.
- Aprobación del acuerdo de fusión por las juntas de las sociedades implicadas.
- Publicación del acuerdo.
- Posible derecho de oposición de acreedores (plazo de un mes).

### 3. Fase de ejecución

La operación culmina con:

- Otorgamiento de escritura pública.
- Inscripción en el Registro Mercantil.

La fusión solo produce efectos jurídicos tras su inscripción.

## Fusiones especiales en el ámbito familiar

En el entorno de empresa familiar son frecuentes determinadas modalidades simplificadas:

### 1. Fusión impropia (art. 49 LME)

Cuando la sociedad absorbente es titular del 100% de la absorbida, se simplifican requisitos:

- No hay tipo de canje.
- No hay aumento de capital.
- No son necesarios determinados informes.

Es habitual en reestructuraciones internas de grupos familiares.

### 2. Fusión inversa (art. 52 LME)

La sociedad absorbida es titular de la absorbente. En estos casos deben protegerse los intereses de los socios afectados, siendo necesario el acuerdo de la junta correspondiente.

### 3. Absorción de sociedad participada al 90%

Se simplifican varios requisitos, aunque pueden mantenerse informes si no se ofrece adquisición de participaciones a valor razonable.

### 4. Fusión apalancada (art. 35 LME)

Se produce cuando una sociedad ha contraído deuda para adquirir el control de otra que participa en la fusión. Exige:

- Justificación financiera.
- Plan económico detallado.
- Control reforzado mediante informe de expertos.

Este tipo de operaciones requieren un análisis fiscal y financiero especialmente cuidadoso.

## Aspectos fiscales clave en la empresa familiar

Aunque la normativa mercantil regula el procedimiento, en la empresa familiar el verdadero impacto suele estar en el plano tributario:

- Aplicación del régimen especial de neutralidad fiscal.
- Tributación en el Impuesto sobre Sociedades.
- Impacto en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Mantenimiento de beneficios fiscales de empresa familiar.
- Reorganización patrimonial para optimizar fiscalidad futura.

Una mala planificación puede generar costes fiscales innecesarios o riesgos frente a la Administración Tributaria.

**Conclusión**

La fusión no es únicamente una operación societaria. En el contexto de la empresa familiar es una decisión estratégica que afecta al patrimonio, al control, a la fiscalidad y a la continuidad del proyecto empresarial.

Su correcta ejecución exige coordinación jurídica, societaria y tributaria, así como una planificación alineada con los objetivos familiares a medio y largo plazo.

**¿Está valorando una fusión en su empresa familiar?**

En Fimax Asesores, despacho jurídico y tributario en Canarias, analizamos cada operación desde una perspectiva integral:

- Diseño de la estructura óptima.
- Planificación fiscal previa.
- Redacción y supervisión del proceso legal.
- Protección del patrimonio familiar.
- Seguridad jurídica en cada fase.

Si está considerando una reorganización societaria o desea estudiar la viabilidad de una fusión, nuestro equipo puede asesorarle con rigor técnico y enfoque estratégico.

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